20 feb 2026
NACIONALES

Votación en CABA 2025: ¿es posible utilizar el DNI en el celular?

Este domingo se vota la renovación de bancas en la Legislatura porteña y aún hay dudas sobre qué documentos se pueden presentar. Leé cuáles son válidos y cuáles no.

Votación en CABA 2025: ¿es posible utilizar el DNI en el celular?

¿Quiénes pueden votar en las elecciones de CABA?

El derecho al voto en CABA está reservado tanto para ciudadanos argentinos como para extranjeros que residan en la Ciudad, siempre que cumplan con ciertos requisitos. La participación es un derecho garantizado y, en muchos casos, una obligación legal.

Los ciudadanos argentinos nativos y por opción pueden votar desde los 16 años, mientras que los naturalizados lo hacen a partir de los 18. Todos deben tener un domicilio en CABA y no estar legalmente inhabilitados para votar.

Los ciudadanos extranjeros residentes en la Ciudad también están habilitados para sufragar, siempre que posean residencia permanente, un DNI de extranjero con domicilio en CABA, y estén inscriptos en el padrón.

Incluso las personas privadas de libertad pueden emitir su voto, siempre que figuren en el padrón y no estén inhabilitadas. Para fomentar la participación, el gobierno porteño promueve programas educativos como “Mi voto, mi elección”, dirigido a jóvenes, y “En la Ciudad, votás”, enfocado en migrantes.

Elecciones porteñas: ¿Es obligatorio ir a votar?

Sí, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como locales. Aquellos que no se presenten a votar sin una justificación válida quedarán registrados como infractores y podrían enfrentar sanciones.

Las multas, que en elecciones anteriores variaron entre $100 y $500, son una de las posibles consecuencias. Además, quienes no voten podrían verse inhabilitados para realizar trámites ante organismos públicos durante un año, a menos que paguen la multa correspondiente.

No obstante, existen justificaciones válidas para no votar, como estar a más de 500 kilómetros del lugar de sufragio, problemas de salud certificados o causas de fuerza mayor. Estas justificaciones deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección.

Por otro lado, los jóvenes de 16 y 17 años, los mayores de 70 y los extranjeros residentes tienen derecho a votar, pero no están obligados a hacerlo. En estos casos, la participación es voluntaria y no conlleva sanciones si se opta por no asistir a las urnas.

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