26 feb 2026
POLíTICA

Proyecto de implementación de la garrafa social

Se hace conocer a la población que el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos se encuentra trabajando aceleradamente a los efectos de instrumentar el Programa Garrafa Social, que establece la Ley 9567 sancionada por la Legislatura Provincial …

El Programa, destinado a subsidiar la compra de Gas Licuado en Garrafas a las familias mas necesitadas de la Provincia, tendrá una ejecución descentralizada a través de los Municipios; Juntas de Gobierno y/o Coordinadores Departamentales del Ministerio de Salud y Acción Social.

De acuerdo al monto afectado (5 {10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} del Fondo de Desarrollo Energético), se asignará un cupo aproximado a 90.000.- Órdenes de Compra de $ 11- cada una, para una cifra cercana a los 45.000 beneficiarios (dos órdenes por grupo familiar), según la distribución por jurisdicción, que resulta de la proporción de cada una de ellas en la composición del indicador de NBI -Necesidades Básicas Insatisfechas- Provincial, que surge del último Censo Nacional y los datos de actualización proporcionados por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia.

Para su ejecución, las Órdenes de Compra serán remitidas por la Secretaría de Energía a los Municipios y Juntas de Gobierno para que éstos, de acuerdo a la selección de las familias beneficiarias que hayan realizado, instrumenten la entrega de los subsidios. A su vez, el comercio expendedor de la Garrafa y conforme a la modalidad que haya convenido con la respectiva autoridad Municipal, rendirá y percibirá por el monto de las Órdenes recibidas, en cada Distrito.

A los efectos de la formalización del Decreto Reglamentario y Decreto de Instrumentación de la Ley, se está dando cumplimiento a lo dispuesto por la Secretaría Legal y Técnica, con las verificaciones previas de dicha Secretaría, de la Contaduría General y las Direcciones de Administración y Presupuesto del Ministerio de Economía, en conformidad a los plazos establecidos.

En la inminencia de su implementación y dentro de los plazos previstos, la Secretaría de Energía irá dando cuenta e intervención a las Autoridades Municipales y Provinciales intervinientes, como así a los interesados y al conjunto de la Comunidad.

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