El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó el pedido de libertad condicional para Daniel Andrés “Tavi” Celis, condenado a una pena unificada de 15 años y 6 meses por los casos Narcomunicipio y Narcoavioneta, además de robo agravado. A pesar de la negativa, la jueza Noemí Berros amplió su régimen de salidas socio-familiares: podrá egresar todos los domingos.
El defensor Augusto Lafferriere había solicitado la incorporación de Celis al régimen de libertad condicional sosteniendo que ya había cumplido los dos tercios de su pena, gracias a una reducción de 17 meses por estímulo educativo. Según ese cómputo, Celis estaba en condiciones de pedir el beneficio desde el 16 de julio de 2025.
La defensa destacó que el imputado mantuvo una conducta “ejemplar” y un concepto “muy bueno” durante los últimos ocho trimestres. También subrayó que Celis cumplió adecuadamente con sus salidas socio-familiares desde mayo de 2024, las cuales ya habían sido ampliadas con anterioridad.
Lafferriere agregó que la libertad le permitiría a Celis reforzar los vínculos con todos sus hijos y que contaría con la tutela de su hijo, Teuco Rolar Celis, en su domicilio del barrio San Agustín para facilitar su reinserción.
La postura del fiscal
El fiscal general José Ignacio Candioti se opuso con firmeza al pedido, basando su dictamen en los informes desfavorables del Servicio Penitenciario. Remarcó que tanto el Informe Técnico Criminológico como el Consejo Correccional rechazaron la solicitud.
Candioti reconoció que, si bien Celis cumple el requisito temporal, no se advierte el “elevado grado de confianza” necesario para acceder a la etapa final del régimen de progresividad. Entre los puntos negativos mencionó la “escasa implicancia de la pena en el plano subjetivo” y el registro de ocho sanciones disciplinarias durante su reclusión.
El fiscal consideró además razonable la recomendación de los profesionales de la unidad penal de afianzar primero los vínculos socio-familiares y aprovechar las capacitaciones laborales y educativas antes de conceder un beneficio de mayor envergadura.
Los fundamentos del Tribunal
Al resolver, la jueza Berros coincidió con la postura fiscal y con los informes penitenciarios y rechazó la libertad condicional.
La magistrada señaló que, aunque Celis exhibe calificaciones de conducta positivas en períodos recientes, el tiempo de evaluación de su autogobierno en libertad ha sido “escaso”, dado que sus salidas comenzaron en mayo de 2024. El tribunal consideró que no ha transitado “en plenitud las instancias superiores del tratamiento penitenciario”.
Como aspectos negativos también se consignaron el “limitado compromiso por el área educativa” y la ausencia de actividades concretas y recientes que prueben un avance significativo en su resocialización. Por ello, concluyó que su pronóstico de reinserción social es, por ahora, desfavorable.
No obstante, el tribunal resolvió ampliar el beneficio de salidas socio-familiares a una salida semanal de 12 horas (de 8 a 20) con el objetivo de continuar evaluando su evolución. Durante esas salidas, a Celis se le impusieron reglas estrictas: tiene prohibido consumir alcohol o estupefacientes, conducir vehículos y utilizar redes sociales para exhibir su persona.
Cabe recordar que además contaba con salidas socio-laborales durante la semana para trabajar en la carnicería que funciona en el local que él mismo le alquila a un hombre, en el predio de su vivienda ubicado en calle República de Siria y Segundo Sombra.
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