21 feb 2026
NACIONALES

La Justicia declaró inconstitucional el decreto de Milei que impedía tratamientos de adecuación de género a menores.

Una sala de la Cámara Federal de Paraná ordenó a una obra social cubrir una cirugía para un adolescente trans. Los jueces cuestionaron el decreto presidencial y advirtieron que no hubo fundamentos suficientes para cambiar la ley vigente. La Corte Suprema será la próxima instancia.

La Justicia declaró inconstitucional el decreto de Milei que impedía tratamientos de adecuación de género a menores.

La Cámara Federal dio un fallo favorable en un caso de OSECAC

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná ratificó la sentencia que obliga a la obra social OSECAC a cubrir una intervención quirúrgica a un adolescente de 17 años, desafiando lo establecido por el DNU 62/2025 firmado por Javier Milei. La decisión, respaldada por los votos de los jueces Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche, y con la disidencia de Cintia Gómez, avala la resolución del juez de primera instancia, Daniel Alonso.

Este fallo resalta nuevamente la constitucionalidad de los decretos de necesidad y urgencia que el Ejecutivo emplea para modificar leyes vigentes sin someterlas al Congreso. En este caso, el decreto en cuestión alteró el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, restringiendo el acceso a tratamientos hormonales y cirugías de adecuación de género para menores de 18 años.

Una historia personal en el centro del debate

El asunto llegó a la Justicia gracias a un amparo interpuesto por los padres del joven, quienes solicitaron la cobertura médica para una mastectomía recomendada por profesionales de la salud. La primera instancia había ordenado a la obra social autorizar el procedimiento, y la Cámara confirmó esa decisión al considerar que el DNU carecía de justificación legal.

El nuevo texto del artículo prohibía expresamente que los menores iniciaran tratamientos de adecuación física a su identidad de género. Los jueces que votaron a favor señalaron la ausencia de condiciones excepcionales que justificaran el uso del decreto, además de cuestionar la falta de fundamentación por parte del Ejecutivo en cuanto a la urgencia de la medida, señalando que carecía de datos y argumentos técnicos sólidos.

La Cámara advirtió sobre un exceso del Ejecutivo

“El Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas al modificar una ley del Congreso sin el proceso constitucional correspondiente”, afirmaron los jueces en su voto. Recordaron que los decretos de necesidad y urgencia solo son válidos si se cumplen requisitos estrictos estipulados en el artículo 99 de la Constitución, algo que, según el tribunal, no se dio en este caso.

El DNU se fundamentó en un informe de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental, que advertía sobre los riesgos de los tratamientos en menores. Sin embargo, los jueces indicaron que dicho informe no posee la autoridad suficiente para anular derechos reconocidos por la ley.

Aunque la sentencia de la Cámara Federal de Paraná representa un revés para el Gobierno, el proceso judicial no ha concluido. La administración de Milei puede apelar y llevar el asunto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tendrá la última palabra sobre la constitucionalidad del DNU 62/2025.

Una política que genera divisiones

La reforma formó parte de un paquete más amplio impulsado por el Gobierno para modificar leyes relacionadas con la salud y derechos civiles. El artículo original de la Ley de Identidad de Género, aprobado en 2012 por una amplia mayoría en el Congreso, permitía que los menores accedieran a tratamientos de adecuación, siempre con respaldo médico y consentimiento familiar.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, defendió la medida argumentando que “no resulta conveniente” habilitar estos tratamientos en menores debido a “la falta de información sobre sus efectos a largo plazo”.

Sin embargo, para los jueces, el procedimiento adoptado por el Ejecutivo fue inconstitucional y, por ahora, no puede ser aplicado.

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