24 feb 2026
NACIONALES

La Junta Electoral aprueba boletas y La Libertad Avanza celebra el uso del violeta para las elecciones desdobladas

El organismo a cargo de los comicios del 7 de septiembre aprobó el padrón y definió el formato de la oferta electoral. Es la primera vez desde 1983 que habrá elecciones legislativas desdobladas

La Junta Electoral aprueba boletas y La Libertad Avanza celebra el uso del violeta para las elecciones desdobladas
Las últimas elecciones en la

La Junta Electoral Bonaerense ha tomado en las últimas horas dos decisiones fundamentales para los comicios del 7 de septiembre, las cuales se celebrarán de manera desdoblada respecto a las elecciones nacionales para cargos legislativos. El organismo encargado de la organización electoral aprobó el padrón de ciudadanos habilitados para votar y definió el formato de las boletas partidarias: tendrán color e incluirán las fotografías de hasta dos candidatos.

Estas son dos resoluciones a las que tuvo acceso Infobae, firmadas por la presidenta de la Junta Electoral, Hilda Kogan, quien también preside la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.

La presidenta de la Junta

“Apruébese el padrón definitivo de electores argentinos, entregado por el Juzgado Federal Nº 1, con competencia electoral en el distrito Buenos Aires, para su utilización en los comicios provinciales a desarrollarse el próximo 7 de septiembre del corriente año”, reza el documento.

Específicamente, el padrón autorizado por Infobae habilita a 13.361.359 bonaerenses para votar. En el anexo de la resolución se destacan algunas particularidades del listado de seccionales: la Primera Sección Electoral cuenta con 4.732.831 votantes, superando ligeramente a la Tercera Sección, que registra 4.637.863. Juntas, ambas secciones concentrarán el 70% del total de electores de la provincia.

En términos de magnitud, después de estas dos secciones, aparece la Quinta Sección, con cabecera en Mar del Plata, que tiene un total de 1.290.948 habilitados; seguido de la Sexta Sección (Bahía Blanca), con 652.077 electores; la Segunda Sección, que abarca Zárate y San Nicolás, con 649.465; la Octava Sección o Sección Capital, con 576.691; la Cuarta Sección (Junín y Chivilcoy), con 540.354; y finalmente, la Séptima Sección, que cuenta con más de 280 mil electores.

En la lista de los 10 municipios con mayor cantidad de electores, destacan La Matanza (1.057.458), La Plata (576.691), Mar del Plata (575.613), Lomas de Zamora (519.157), Quilmes (480.256), Almirante Brown (460.982), Merlo (434.550), San Martín (378.476), Lanús (375.477) y Moreno (372.309). A excepción de Mar del Plata, el resto son distritos bajo gobernanza peronista.

Esta información es crucial, ya que el 7 de septiembre, cada seccional votará de forma alternada por senadores o diputados provinciales, así como concejales y consejeros escolares. Las boletas de la Primera Sección serán diferentes de las de la Tercera, y el tramo final de La Matanza será distintivo del de Moreno.

Los comicios provinciales, además, se diferenciarán notablemente de los nacionales del 26 de octubre, en los cuales solo se elegirán diputados y se implementará, por primera vez, boleta única de papel.

Colores de la elección



La otra resolución adoptada por la Junta Electoral es la definición del formato de las boletas, una medida que no está exenta de controversias políticas. El gobierno de Axel Kicillof, con el apoyo del peronismo, había sugerido la opción de papeletas en blanco y negro. La justificación era de carácter económico: el uso de colores quintuplica el costo. Apenas se conoció esta posibilidad, La Libertad Avanza exigió que se mantenga la tradición de las boletas a color, argumentando que el violeta es una de las fortalezas del oficialismo nacional.

A pesar de estas tensiones políticas, la Junta Electoral decidió ayer que las boletas partidarias sean a color y que puedan estar encabezadas con las imágenes de hasta dos candidatos.

Esta decisión, adoptada en el marco de las facultades otorgadas por la Constitución provincial y la ley 5.109, surge de la necesidad de “unificar criterios y evitar confusiones en el electorado”. El documento fue publicado oficialmente y notificado a todas las agrupaciones políticas reconocidas y en trámite de reconocimiento.

La resolución involucra a todos los partidos y agrupaciones que participarán en los comicios provinciales. El texto especifica que las boletas deberán cumplir con una serie de requisitos técnicos y de diseño, incluyendo el orden de las categorías de cargos, el tipo de papel, las dimensiones, el uso de colores y la inclusión de fotografías de candidatos. Además, se establecieron plazos estrictos para la reserva de colores y la presentación de los modelos definitivos de boletas.

Según la Junta Electoral, la medida busca garantizar la transparencia y la claridad de la oferta política ante el electorado, dado que no existen regulaciones específicas sobre varios aspectos técnicos de las boletas en la legislación actual.

Entre los considerandos del documento, se mencionó: “La legislación no establece la inclusión de las categorías a elegir, la fecha de la elección, el distrito o sección electoral, el orden de las categorías de los cargos a elegir ni las especificaciones técnicas para la confección de las boletas partidarias que el proceso electoral requiere, en lo relativo a la asignación de color, tipografía, dimensión, número identificatorio de cada asociación política, así como la inclusión de fotografías de los candidatos, razón por la cual resulta necesario establecer ciertas pautas al respecto”.

En los puntos esenciales de la resolución, la Junta Electoral estableció que las boletas deberán seguir un orden de prelación en las categorías de cargos: Senadores o Diputados según la sección electoral, Intendente y, finalmente, Concejales y Consejeros Escolares. El papel utilizado deberá ser tipo obra de 60 gramos o un sustituto de calidad y gramaje similar, y las dimensiones de cada cuerpo de boleta serán de 12 por 19 centímetros. El fondo del anverso llevará el color asignado a la asociación política, mientras que el reverso será blanco.

Jueces electorales. Hilda Kogan y

El texto también especificó que las asociaciones políticas tendrán un plazo de cincuenta días antes del acto eleccionario para reservar el color que emplearán en la boleta. La Junta Electoral priorizará el orden temporal de la reserva y la costumbre en el uso del color, todo con el fin de evitar confusiones en el electorado. Una vez que se apruebe, los partidos deberán presentar el modelo definitivo con treinta días de antelación a la elección. Si no se reciben observaciones, la Junta Electoral considerará el modelo como válido para la elección.

Respecto a los elementos gráficos, la resolución autorizó la inclusión de la sigla, escudo, símbolo o emblema del partido, así como las fotografías de los dos primeros candidatos, que podrán ser a color o en blanco y negro y deberán ubicarse en el tercio central de la boleta. Se prohibieron imágenes como fondo y sellos de agua.

El documento destacó: “Solo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en color o en blanco y negro, ubicándolas en el tercio central de la boleta. No se permitirán imágenes de fondo ni sellos de agua”.

La tipografía podrá ser negra, blanca o del color asignado sobre fondo blanco, siempre que garantice la legibilidad. Las categorías de cargos deben imprimirse con un tamaño mínimo de cinco milímetros. Cada cuerpo de la boleta tendrá una línea punteada negra para facilitar el corte. Además, si por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas no se pudiera utilizar el color asignado, se permitirá el uso de boletas en blanco, que no se considerarán como no oficializadas.

La resolución ha establecido que los colores utilizados en las boletas se deben identificar mediante el sistema de codificación Pantone, y que se debe presentar una muestra en papel acompañada de una certificación de la imprenta.

La resolución fue firmada por el presidente, vicepresidente y vocales de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires. El documento ordena su publicación en el Boletín Oficial y en la página web del organismo, así como su comunicación a todas las asociaciones políticas involucradas en el proceso electoral.

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