El gobernador Gustavo Bordet firmó este viernes el decreto
1006 que autoriza la apertura de los gimnasios. La norma refiere al Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional; y establece una
serie de considerando en relación al Distanciamiento Social, Preventivo y
Obligatorio que rige, y las reglas de conducta general implica esta etapa.
Se consignó que sólo podrán realizarse actividades
deportivas, artísticas y sociales, en tanto se dé cumplimiento a las reglas de
conducta previstas y siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10
personas. Asimismo establece que se debe limitar la densidad de ocupación de espacios
(salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a 1 persona
cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, pudiéndose utilizar para ello
la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados, entre otra medidas.
También se podrían establecer horarios, días
determinados y requisitos adicionales para su realización, con la finalidad de
prevenir la circulación del virus.
Se recomienda que los grupos de riesgo queden excluidos de
concurrir a gimnasios, y se precisa que se comprenden dentro de las actividades
de Gimnasios a sala de musculación, sala de crossfit, entrenamiento funcional,
spinning, sala de pilates y/o yoga, clases grupales de gimnasia aeróbica y
deportiva.
El protocolo
El protocolo está basado en documentos elaborados y
presentados por Federaciones de Gimnasios y grupos de profesores de Educación
Física de las distintas localidades de la provincia, así como de
los aportes de la Secretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social,
la Coordinación General del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo
Económico, y el Programa Nacional Municipios y Comunidades Saludables del
Ministerio de Salud de la provincia.
Habían protestado en plaza Mansilla por el regreso del rubro.
Requisitos:
• El ingreso de clientes será reducido y dispuesto según el espacio disponible
teniendo en cuenta la medida de distanciamiento, fijando un máximo de 10 participantes por cada
turno.
• Se recomienda distancia mínima de dos metros de separación entre personas al ingreso/egreso y
flujo de circulación interno. Pueden
implementar un sistema de señalización demarcando espacios.
• En cuanto al desarrollo de clases grupales, se obligará a
cada responsable del gimnasio a implementar las clases con densidad de
ocupación de espacio de una persona cada 5 metros cuadrados.
• Implementar sistema de reserva de
turnos con registro previo. Los datos obligatorios
personales que se registren deben estar a disposición de las autoridades
sanitarias.
• Organizar el mobiliario de los espacios comunes de forma
tal que exista al menos dos metros de distancia entre sillas, mesas, sillones y
cualquier otro dispositivo.
• Esquemas
intensificados de limpieza y desinfección permanente de todas las superficies
de contacto habitual de los/as trabajadores/as y los clientes, cada turno de 60
minutos.
• Ventilación continua de espacios comunes.
Si existieran espacios comunes que no cuenten con la ventilación apropiada
(natural o mecánica) se recomienda restringir su uso.
• Colocar cartelería con indicaciones de: protocolo de
seguridad e higiene
• Colocar en espacios visibles un rociador con solución
alcohólica sanitizante (alcohol 70%) para que tras el uso de elementos o
maquinas, el cliente pueda rociar las superficies y proceder con la
desinfección de los materiales usados.
• Poner a disposición de los clientes alcohol en gel en
todos los espacios comunes (se recomienda sea cada 50mts2) y garantizar la
provisión de todos los elementos para un adecuado lavado de manos en sanitarios
(jabón y toallas de papel).
• Incorporar en el acceso al gimnasio una alfombra de
hipoclorito diluido para que el cliente pueda higienizar el calzado al ingreso.
• Se recomienda no habilitar zona de vestuarios e Implementar
un protocolo de limpieza de baños por cada turno.
• El cuerpo de sanitarios deberá contar con un responsable
de limpieza que controle el cumplimiento de las pautas de higiene y
desinfección
• Permanencia máxima en el local de 60
minutos por persona
• Se requerirá a los clientes al reingreso
una Declaración Jurada en la que exponga su situación: su buen estado de salud,
que no viajaron, que no estuvieron en contacto con terceros que regresaron del
exterior y/o que no estuvieron en contacto con personas infectadas por el
COVID-19, y que no presentan síntomas asociados a la infección.
No se permitirá el ingreso de clientes
que se nieguen a firmar a Declaración Jurada




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