23 feb 2026
ECONOMíA

Gobierno desregula código aeronáutico para facilitar apertura a empresas y personal extranjero

Mediante un DNU, se eliminan exigencias de participación nacional y se simplifican trámites del Código establecido en 1967

Gobierno desregula código aeronáutico para facilitar apertura a empresas y personal extranjero

El Gobierno ha decidido simplificar y desburocratizar una serie de normas incluidas en el Código Aeronáutico de 1967, permitiendo una mayor apertura en la actividad aerocomercial al eliminar regulaciones que obligaban a contratar un número mínimo de personal argentino y al introducir medidas que facilitan la libertad de contratación.

Las modificaciones a la ley 17.285, de mayo de 1967, están contenidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia 338/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial. La Secretaría de Transporte ha destacado esta iniciativa como un esfuerzo por “simplificar y desregular normas obsoletas con más de 55 años de antigüedad, otorgando mayores libertades al sector aéreo y desburocratizando la industria para consolidar la apertura del mercado aerocomercial argentino”.

Libertad de comercio

En los considerandos del DNU se menciona que el Código ya había sido modificado durante la presidencia de Javier Milei, a través de los decretos 70/2023 y 941/2024, con el objetivo de cambiar “el paradigma de la aviación civil argentina basado en la libertad de comercio, una garantía constitucional que busca el progreso y desarrollo del país, cumpliendo con una primera etapa de exigencias internacionales para restaurar el estándar operacional que la actividad requiere”.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, resaltó que estas modificaciones han llevado a “un volumen récord de pasajeros, aumentado frecuencias, conectado ciudades que anteriormente no estaban conectadas y aumentado la diversidad de aerolíneas en nuestros cielos”.

El DNU 338/25, firmado por @JMilei y su gabinete, completa la reforma del Código Aerocomercial, finalizando la tarea iniciada con el DNU 70/23, que ya ha llevado a un volumen récord de pasajeros y más frecuencias… https://t.co/blRwn4Qrdz

— Fede Sturzenegger (@fedesturze)
May 20, 2025

Con el nuevo DNU, se busca avanzar en la modernización del sector aéreo, promoviendo “una mayor modernización y simplificación de trámites en la industria aerocomercial, facilitando el ingreso no solo de nuevas líneas aéreas, sino también de operadores de rampas y otros servicios aeroportuarios”.

“Las medidas representan un beneficio tanto para las empresas como para los pasajeros, aumentando la conectividad y las opciones de vuelo, siempre priorizando la seguridad operacional del sistema”, aclara Transporte en un comunicado.

Los cambios principales

Entre las principales modificaciones al Código Aeronáutico, el DNU permite que “puedan matricularse aeronaves mediante mayor libertad contractual”, lo que implica que “las partes tienen autonomía para acordar los términos del contrato, ya sea que este se celebra en Argentina o en el extranjero”.

El contrato deberá inscribirse en el Registro Nacional de Aeronaves y cumplir con los requerimientos exigidos por el Código Aeronáutico, lo que permitirá alquilar “una aeronave con matrícula extranjera para su uso en una empresa argentina o de forma particular”.

Además, se elimina el requisito de que dos tercios del Directorio deba ser de nacionalidad argentina para que las sociedades puedan operar en el sector aeronáutico, facilitando así la “constitución de sociedades de capital extranjero que antes necesitaban ser representadas por terceros”, manteniéndose la exigencia de un domicilio legal en Argentina.

Personal argentino

Se derogan los artículos 106 y 111 del Código Aeronáutico y sus modificaciones, eliminando así la obligación de contar con personal argentino en los servicios aerocomerciales. También se suprime el derecho del Estado a adquirir directamente aeronaves, repuestos y otras instalaciones al expirar las actividades de una empresa, a un precio fijado por tasadores designados por ambas partes.

“Si volar es bueno: ¿para qué debería haber un trámite para hacerlo? Vuelen, pues”, afirmó el ministro de Desregulación, quien destacó que esto aportará “gran flexibilidad al mercado”.

“Por ejemplo, ante una final de la Libertadores en Santiago del Estero, las empresas podrán redistribuir la demanda al mercado sin necesidad de autorización estatal”, agregó.

Jefe de aeródromo

De ahora en adelante, “solo habrá un jefe de aeródromo público donde la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) lo requiera, lo que elimina funciones duplicadas en algunas dependencias”, manteniendo las facultades del Estado en cuanto a regulación, inspección y vigilancia.

Sturzenegger considera esto “un paso fundamental para darle competitividad a los aeropuertos más pequeños del país”.

En este sentido, Transporte señaló que “en Brasil, los administradores de ciertos aeródromos concesionados tienen competencias administrativas y de coordinación delegada, sin la necesidad de un jefe de aeródromo obligatorio.”

Además, se simplifica la presentación de libros de actas por parte de los operadores aerocomerciales, ajustándola a lo que exige el Código Civil y Comercial de la Nación y las normativas correspondientes.

Matrícula extranjera

“La ANAC permitirá el uso de aeronaves con matrícula extranjera, de acuerdo con el resto del Código Aeronáutico y las políticas de Cielos Abiertos, formalizando así la eliminación de la obligación de contar con tripulación y asistencia argentina en las aeronaves que operan en el país”, indicó Transporte.

En lo referente a los itinerarios de las aeronaves, estos serán informados y el operador aeroportuario coordinará directamente con las aerolíneas, a diferencia de anteriores procedimientos que requerían aprobación del Ejecutivo Nacional.

Asimismo, se eliminan referencias tarifarias y se simplifican las autorizaciones aerocomerciales de trabajo aéreo, con el fin de desburocratizar el sector y fomentar la competencia, sin comprometer la seguridad operacional.

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