
El presidente Mauricio Macri firmó un decreto que impone
límites a la compra de dólares para empresas y personas físicas. Esa medida, a
la que en el imaginario colectivo se conoce como cepo, implica:
1-Las personas
físicas no podrán comprar más de diez mil dólares por mes. El límite es a la
compra, no a la extracción.
2-Las personas no podrán hacer transferencias de
más de diez mil dólares a cuentas en el exterior.
Para las empresas o personas jurídicas:
3-Los exportadores tienen que liquidar las divisas que consigan por
sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles
después del cobro o 180 días después del permiso de embarque 15 días para las
commodities.
4-El Gobierno informó que no hay restricciones para la importación
o pago de deudas a su vencimiento.
5- Las empresas no podrán comprar dólares
para atesorar.
Y, por último, los bancos
estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas. Antes de la
apertura de los mercados, este lunes por la mañana, habrá anuncios del ministro de
Hacienda, Hernán Lacunza y del titular del Banco Central, Guido Sandleris.
A
continuación, la circular del BCRA que explica en detalle cómo piensan
instrumentar el DNU.
(Fuente: Perfil)

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