El se consustancia con el interés del condenado, porque él vive visitando a los delincuentes presos y se hace carne del sentir de los delincuentes, donde si va a una Unidad Penal, se parece a un liceo de señoritas. Lo que ocurre es que cuando salen se dedican a cometer ilícitos. Es cierto que la Policía adolece, no por vicios propios, de falta de investigación, pero en última instancia hay un dato de la realidad que es un porcentaje enorme de gente que sale y vuelve a delinquir. Sobre todo de aquellos con salida socio-laboral. Lo que Rossi no puede desconocer es que nadie controla estas salidas".
En relación con el tema, el juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, sustenta con estadísticas los beneficios de las llamadas salidas extramuros o salidas socio-labores y familiares.
El magistrado entiende que ese sistema permite afianzar los vínculos familiares de los internos -fuera de los establecimientos penales- que lo pueden proyectar paulatina y oportunamente a la vida en comunidad; afianzando hábitos sociales y familiares y neutralizando los efectos nocivos del encierro. Y aclara que "una metodología transicional, como es la salida transitoria, no implica o supone interrupción de la ejecución de la pena".
En un informe estadístico que elevó al Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez Rossi toma a la totalidad de los casos desde el 1º de febrero de 2001 hasta la fecha, es decir, 525 legajos exclusivamente relacionados con ejecuciones de penas privativas de la libertad.
De la totalidad de 525 internos, 262 han contado con salidas extramuros por haber usufructuado los derechos de incorporarse a Salidas Transitorias en su modalidad socio-familiar y Régimen de Semi-libertad.
De esos 262 sólo 55 han sufrido detenciones policiales durante su reingreso pausado al medio libre: Ocho han sido por contravención policial infringiendo la Ley 3815 (ebriedad y desorden); y los restantes 48 han sido sometidos a procesos penales por imputación de hechos delictivos.
De esos 48, doce han sido sobreseídos. Sobre otros once se ha recurrido al Instituto previsto en el Artículo 305 del Código Penal (falta de mérito); nueve poseen causas en trámite y cuya situaciones procesales no han sido resueltas aún. Y a 26 internos se le ha dictado Auto de Procesamiento; de los cuales cinco han sido absueltos; nueve condenados y doce están en trámite, de los cuales ocho han recaído bajo prisión preventiva.
Finalmente esta estadística ilustra que de la totalidad de internos con salidas 259 han sido condenados por la Cámara de Concepción del Uruguay, de los cuales 28 han sufrido detenciones en el usufructo de sus salidas extramuro. En cuanto a los 207 internos condenados por la Cámara de Concordia, 24 fueron detenciones. De los 29 condenados por los Tribunales Correccionales de Gualeguaychú, Concordia y Concepción del Uruguay, sólo tres han sufrido nuevamente la privación de su libertad.
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