Mediante un extenso decreto publicado en la madrugada de este martes, el Gobierno ha implementado diversos cambios respecto a los entes nacionales, que incluyen desde disoluciones hasta transformaciones, como es el caso del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Los rumores sobre estas modificaciones comenzaron a circular hace apenas unos días, cuando se confirmó la finalización de las facultades extraordinarias delegadas al Ejecutivo a través de la Ley Bases, cuyo término de vigencia coincide con este martes. Esta situación provocó, entre otros aspectos, descontento entre los trabajadores del instituto agropecuario, quienes expresaron su rechazo interrumpiendo la colectora de la Avenida General Paz, y generando enfrentamientos con la Policía de la Ciudad.
En una conferencia de prensa, el vocero Manuel Adorni enumeraba el amplio lista de entes reestructurados, eliminados o fusionados por el Gobierno, que han implicado al Estado un considerable gasto público.
Entre los cambios implementados, se destacó la reestructuración del INTI, que ha dejado de ser un organismo descentralizado y operará bajo la dependencia de la Secretaría de Industria y Comercio como una “unidad organizativa dependiente”. Esta modificación surge tras un relevamiento oficial que identificó altos niveles de superposición jerárquica, la presencia de áreas administrativas sobredimensionadas y desconexión entre funciones estratégicas y necesidades del sector industrial, según el documento.
En el segundo capítulo del decreto N° 462/2025, referido al ente, se establece que los derechos, aranceles o tasas que perciba “en el ejercicio de sus funciones, así como los ingresos o frutos de sus bienes patrimoniales, las patentes registradas a su nombre y los derechos intelectuales que le correspondan, así como los aportes de terceros destinados a financiar el funcionamiento de sus Centros de Investigación, constituirán recursos del Tesoro Nacional”.

Además, el Instituto podrá crear Centros de Investigación a solicitud de partes interesadas, con aportes técnicos o económicos, según la reglamentación vigente, bajo la supervisión y aprobación de la autoridad competente.
Un cambio de estatus similar se aplicará también al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), que pasará a estar bajo el control de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Aunque perderá autonomía, mantendrá su denominación para preservar su identidad y reconocimiento internacional, conservará competencias en la certificación de productos y el control técnico, enfocándose en la fiscalización del tramo final de la cadena productiva y permitiendo que las funciones de certificación puedan ser delegadas a entidades públicas o privadas.
Por otro lado, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) se convertirán en organismos desconcentrados, respetando sus funciones esenciales.
En el caso del INTA, la modificación tiene como objetivo mejorar la coordinación con otras áreas de la administración y otorgarle mayor flexibilidad, manteniendo sus funciones esenciales de investigación, asistencia técnica y vinculación territorial. En lo que respecta al INPI, su reorganización como organismo desconcentrado permitirá continuar con sus funciones básicas relacionadas con el registro, administración y control en materia de propiedad industrial, patentes, marcas y modelos.

Cuáles son los demás cambios
Una de las principales medidas de la normativa es la disolución de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME). Tras una evaluación interna, el Ejecutivo identificó una estructura jerárquica excesiva en relación a su dotación real de personal y sugirió su eliminación. El informe elaborado por el Interventor pone en evidencia que la estructura actual “no distingue suficientemente entre los distintos usos y productos derivados de la planta de Cannabis Sativa L., lo que genera obstáculos para el desarrollo de la industria del cáñamo en aquellos países que no han adaptado su regulación, comprometiendo la competitividad del sector y creando cargas regulatorias innecesarias”.
A partir de ahora, las competencias regulatorias se distribuirán entre el Ministerio de Economía, que gestionará registros y controles del cáñamo industrial y su biomasa, así como la regulación sobre semillas del producto, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que supervisará todo lo relacionado con productos de cannabis destinados exclusivamente a fines medicinales.
La normativa también establece la disolución del Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI), que hasta ahora funcionaba como un organismo descentralizado enfocado en políticas específicas para la agricultura familiar, destinadas a “ejecutar políticas, planes y programas que atendieran las necesidades y fomentaran el desarrollo y fortalecimiento de los diversos sectores agroproductivos vinculados a la agricultura familiar, campesina e indígena, así como a la pesca artesanal”.
Las responsabilidades y obligaciones de INAFCI serán absorbidas por la cartera que dirige Luis Caputo, que además asumirá las funciones como autoridad de aplicación de la Ley 27.118. Solo se mantendrán el Registro Nacional de la Agricultura Familiar y las competencias básicas de fiscalización.
En otro eje de reorganización, el decreto establece la disolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Comisión Nacional de Semillas, transfiriendo sus competencias regulatorias e inspectivas a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Bajo este nuevo esquema, las tareas técnicas y de control en materia de semillas estarán a cargo de un Comité Asesor de Semillas de carácter honorario, eliminando la anterior estructura descentralizada y promoviendo la centralización bajo la autoridad ministerial.
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