Desovillar el ovillo que se había armado fue posible a partir de una intervención de oficio del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, que luego de analizar aquel convenio de pago, produjo un dictamen con fuertes reprimendas hacia la actuación del ex secretario de Legal y Técnica de Vialidad, Emilio Flavio Torrealday.El decreto Nº 183, que firmó el Gobernador, reprodujo partes de aquel dictamen, y sostuvo que “en la mencionada causa judicial, la Dirección Provincial de Vialidad se encuentra sometida a un proceso judicial originado en el presunto incumplimiento de un convenio de pago celebrado, todo sin causa legal que la justifique”.Según el Ejecutivo, el convenio de pago “y su resolución ratificatoria presentan graves irregularidades y vicios, resultando el más palmario su total y absoluta falta de causa jurídica”. Y añadió que a eso se suman “numerosos vicios en su tramitación, los que tienen como corolario la controversia judicial mencionada y en la que se dirimen los efectos de los actos reputados lesivos, proceso que de prosperar, generará un importante daño patrimonial a erario público”.IniciosNediki SA se inmiscuye en la tramitación del pago de una deuda en la cual no había tenido arte ni parte. El intríngulis comenzó en abril de 1992 cuando Vialidad encargó a la empresa Induvial SA, con domicilio en Buenos Aires, ejecutar las obras de arreglo de la ruta provincial Nº 39, que la contratista no llegó a ejecutar. El tema derivó en el cruce de demandas. Induvial SA se negó a pagar una indemnización que le reclamó la DPV, organismo este último que dispuso la rescisión del contrato de obra. Luego, la cuestión llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que en 1995 convalidó la rescisión del contrato, pero dejó sin efecto el pago que Vialidad le reclamó a Induvial SA.El decreto 183 recuerda entonces que, según el fallo, el Estado no debió reclamar suma alguna a la contratista, y de igual forma “la misma sentencia rechazó la demanda en relación a los demás rubros reclamados por Induvial SA, lo que significó declarar que tampoco la Provincia debía nada a la actora”. Pero la resolución del STJ “tuvo una derivación irrazonable e incausada para los intereses de la DPV”, dice el decreto de declaración de lesividad, desde el momento en que Vialidad, al poner a un lado el fallo del máximo tribunal, reconoció en 2006 una supuesta deuda con Induvial SA, ahora representada por Nediki SA, a quien la primera le cedió parte de sus derechos. (Fuente: El Diario)

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