El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en una votación mayoritaria, decidió rechazar la solicitud de acceso a información pública presentada por ANÁLISIS sobre las licencias y ausencias de la vocal Susana Medina. La justificación que se proporcionó fue que la información solicitada respecto a la actividad de una funcionaria judicial del máximo tribunal provincial “no es de interés público”.
En la edición del 26 de junio de 2025 de la revista ANÁLISIS, se publicó una investigación que reveló la gestión discrecional de los vocales del STJ en relación con los fondos de viáticos, los nombramientos sin concurso, y las ausencias que ellos mismos determinan. En este reportaje se destacó que, desde 2022 hasta la fecha de publicación, Susana Medina de Rizzo había estado ausente del Poder Judicial durante 191 días hábiles, y que hasta 2025 ya había faltado 32 días, lo que equivale a prácticamente un año judicial completo.
Ante estos preocupantes datos, que generaron un gran revuelo tanto en el ámbito judicial como en el político, ANÁLISIS presentó un nuevo pedido de información sobre las licencias y ausencias de la vocal Susana Medina de Rizzo, abarcando el período desde el 31 de diciembre de 2015 hasta el 1 de febrero de 2022.
En el pedido, respaldado por la Ley provincial 11.191, la Constitución de Entre Ríos, la Constitución Nacional y convenios internacionales, se solicitó información sobre “todas las licencias y ausencias de cualquier tipo (ordinarias, extraordinarias, por motivos de salud, uso de feria, comisiones de servicio, licencias por actividades académicas, representación institucional, entre otras) solicitadas y/o concedidas a los vocales del STJER”.
Se requería información sobre la fecha de inicio y finalización, el tipo o motivo de la licencia o ausencia, el vocal involucrado, el instrumento de otorgamiento, y si dicha licencia se otorgó con o sin pago de haberes, así como la cuestión del viático.
Este jueves, el Superior Tribunal de Justicia respondió negativamente, argumentando: “En respuesta a su solicitud recibida el 28/7/25 respecto a las licencias y ausencias de la señora Vocal, Dra. Susana E. Medina, informamos que, sin perjuicio de considerar que no se trata de datos de interés público, sino de cuestiones de funcionamiento interno de un Poder del Estado, todas las licencias y ausencias de los magistrados, funcionarios y empleados de este Poder Judicial han sido oportunamente autorizadas y concedidas por la autoridad competente, de acuerdo con la regulación vigente, que está disponible en la página web oficial. Asimismo, se ha indicado que las licencias en cuestión se han otorgado con percepción de haberes cuando corresponde, lo cual ha sido debidamente rendido y aprobado por el Tribunal de Cuentas de la provincia”.
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