La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que intensificará los controles sobre el régimen simplificado del monotributo. A partir de mayo de 2025, los contribuyentes que acumulen deudas prolongadas serán dados de baja automáticamente del sistema. Esta medida busca fomentar la transparencia fiscal y asegurar que los beneficios del monotributo se destinen a quienes cumplen con sus obligaciones.
¿Por qué puede ARCA darte de baja del monotributo?
El monotributo permite a trabajadores independientes y pequeños contribuyentes acceder a una jubilación futura y cobertura médica mediante un pago mensual fijo. Sin embargo, el incumplimiento de ciertos requisitos puede resultar en la exclusión del régimen, siendo la acumulación de deuda uno de los motivos principales.
Exclusión automática por deuda
Si un monotributista no paga su cuota durante 10 meses consecutivos, ARCA procederá a darlo de baja del régimen. En este caso, no podrá reintegrarse al monotributo hasta que transcurran tres años calendario desde la fecha de exclusión.
Otras razones por las que ARCA puede expulsarte del monotributo
Aparte de la acumulación de deuda, ARCA establece otras causales de exclusión:
- Exceder el tope de ingresos brutos anuales según la categoría declarada.
- Superar los límites de superficie afectada o alquiler permitidos.
- Vender a precios unitarios superiores a los máximos autorizados.
- Realizar gastos personales o depósitos bancarios que no concuerden con los ingresos declarados.
- Ejecutar importaciones con fines comerciales.
- Desarrollar más de tres actividades económicas o poseer más de tres unidades de explotación.
- Declararse como vendedor de productos cuando en realidad se prestan servicios.
- Falta de una facturación adecuada.
- Superar los límites de compras y gastos relacionados con la actividad (80% para la venta de bienes, 40% para servicios).
- Figurar en el REPSAL (registro de empleadores con sanciones laborales).
Novedades de ARCA
Categorías del monotributo: topes y montos de pago mensual
- Categoría A: tope de $7.813.063,45 anuales. Total a pagar por mes: $32.221,31
- Categoría B: tope de $11.447.046,44 anuales. Total a pagar por mes: $36.679
- Categoría C: tope de $16.050.091,57 anuales. Total a pagar por mes: $42.951,25 para servicios y $41.982,19 para comercio de bienes.
- Categoría D: tope de $19.926.340,10 anuales. Total a pagar por mes: $55.047,33 para servicios y $53.714,87 para comercio de bienes.
- Categoría E: tope de $23.439.190,34 anuales. Total a pagar por mes: $55.047,33 para servicios y $53.714,87 para comercio de bienes.
- Categoría F: tope de $29.374.695,90 anuales. Total a pagar por mes: $77.946,73 para servicios y $70.436,50 para comercio de bienes.
- Categoría G: tope de $35.128.502,31 anuales. Total a pagar por mes: $98.096,95 para servicios y $84.530,08 para comercio de bienes.
- Categoría H: tope de $53.298.417,30 anuales. Total a pagar por mes: $340.061,68 para servicios y $206.815,63 para comercio de bienes.
- Categoría I: tope de $59.657.887,55 anuales. Total a pagar por mes: $626.993,55 para servicios y $309.020,04 para comercio de bienes.
- Categoría J: tope de $68.318.880,36 anuales. Total a pagar por mes: $759.420,03 para servicios y $377.851,82 para comercio de bienes.
- Categoría K: tope de $82.370.281,28 anuales. Total a pagar por mes: $1.050.323,75 para servicios y $456.773,20 para comercio de bienes.
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