La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha oficializado una nueva extensión para la compensación de saldos a favor generados por percepciones excesivas del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). Esta disposición, establecida en la Resolución General 5695/2025, fue publicada en el Boletín Oficial y ya está en vigencia.
La medida surge para brindar una solución a los agentes de percepción y liquidación que, tras el cierre de este tributo, no pudieron recuperar los montos ingresados en exceso mediante los métodos tradicionales.
Devolución del Impuesto PAIS: qué establece la nueva resolución
La normativa amplía el régimen de compensación, permitiendo que los saldos favorables generados por percepciones del Impuesto PAIS se apliquen a otros impuestos.
Esta medida es aplicable a períodos devengados entre enero y mayo de 2025, siempre que los saldos no hayan sido utilizados anteriormente.
Los montos pueden emplearse para cancelar capital e intereses del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
A quiénes está dirigida
- Agentes que hayan actuado como perceptores del Impuesto PAIS y que, al finalizar la vigencia del tributo, no pudieron aplicar los saldos acumulados en futuras declaraciones juradas.
- A aquellos que, habiendo cumplido con sus obligaciones formales, no encontraron una vía de recuperación ordinaria.
Devolución del impuesto PAIS: cómo solicitar la compensación
El trámite debe realizarse a través del sistema “Cuentas Tributarias”, accesible con clave fiscal desde el sitio web oficial de ARCA.
Una vez en la plataforma, se debe seleccionar la opción de compensación contra los impuestos habilitados por esta nueva normativa.
Esta normativa representa un alivio para numerosos contribuyentes institucionales que, tras el final del Impuesto PAIS, carecían de herramientas legales para recuperar los saldos remanentes que habían ingresado como parte de su rol fiscal obligatorio.
Comentarios
0 comentariosSé el primero en comentar esta nota.