
La Cámara Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del
Uruguay resolvió este miércoles el dictado de una medida precautelar. La misma fue
dispuesta en el marco de un expediente incidental cuyo objeto era la suspensión
de la aplicación de 25 días de arresto a un agente de la policía de Entre Ríos.
La resolución judicial fue adoptada para poder tratar el planteo de fondo hecho por la defensa del policía. Así se suspende la medida de la
institución policial y se evita que la misma se concrete antes de que la Cámara
se expida. Esto se debe a que el organismo judicial está obligado a correr
vistas y traslados con lazos y procedimientos de ley que estiran en tiempo la
posibilidad de resolver sobre el planteo suspensivo en forma inmediata, indicó el Servicio de Información y Comunicación del Poder Judicial provincial a INFORME DIGITAL.
El abogado Juan Carlos Arralde expresó que “el poder de
privar de la libertad de las personas recae pura, única y exclusivamente en un
juez con competencia del Poder Judicial que debe previamente emitir una orden
de detención contra cualquier persona física”. El letrado cuestiona el poder de la Policía para arrestar a sus propios integrantes.
De tal manera, la Cámara resolvió disponer una
precautelar suspendiendo temporalmente la ejecución de la medida dispuesta por la
fuerza provincial hasta tanto se decida si procede o no a la suspensión de la misma
durante la tramitación del proceso principal.
La sentencia tendrá vigencia
hasta tanto se finalice el juicio Contencioso Administrativo tendiente a
verificar la legalidad de la medida policial, se informó desde Tribunales. Asimismo se corrió vista al Estado provincial por el término
de cinco días notificando al fiscal de Estado y comunicar la medida al Jefe de la
Policía de la Provincia de Entre Ríos.
La sentencia judicial lleva las firmas de los Vocales
Federico Lacava y Mariano López con la abstención de su presidenta María Fernanda
Erramuspe.

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