El Ministerio de Trabajo modificó algunas condiciones delPrograma de Recuperación Productiva II (Repro II) y ciertos requisitos quedeben cumplir los empleadores para acceder al mismo, a través de la resolución650/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma puntualizó que “atento a la implementación ydesarrollo del Repro II que se viene efectuando, resulta pertinente realizarmodificaciones, adaptaciones y aclaraciones que coadyuven a dicho proceso deimplementación y desarrollo, en atención a la situación y particularidades delos distintos sectores que integran la economía nacional como así tambiénadecuarse a los cambios en la situación sanitaria en el marco de la pandemia dela Covid-19 que se vienen registrando en el país en el último tiempo”.
Así, se estableció que en el caso que la remuneración netapercibida por el trabajador o la trabajadora sea inferior a los $ 22.000 paralos sectores críticos y de salud, y $ 9.000 para los afectados no críticos, elsubsidio se reduce al 70{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647}, en lugar del 100{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} fijado originalmente, de laremuneración neta, que se determina aplicando el 83{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} a la remuneración totaldeclarada.
En cuanto a los criterios de selección, la resolucióndeterminó que ya no se tendrá en cuenta la variación porcentual interanual dela facturación.
De esta manera, los requisitos a cumplir se reducen de sietea seis, y quedan los de variación porcentual interanual del IVA compras; delconsumo de energía eléctrica y gasífera; de la relación entre el costo laboraltotal y la facturación; y de las importaciones; el endeudamiento y la liquidezcorriente.
¿Cómo anotarse parael Repro II?
El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para lainscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió elPrograma de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y TrabajadoresIndependientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a travésde la Resolución 643/2021.
La norma estableció que el plazo para la inscripción enambos programas será desde el 25 al 31 de octubre próximos.
Además, determinó las pautas a considerar para aplicar loscriterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina delas empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.
Los meses seleccionados para el cálculo de la variacióninteranual de la facturación requerida por la Administración Federal deIngresos Públicos (AFIP) serán septiembre de 2019 y de 2021, pero no se deberáconsiderar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enerode 2019.
Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina depersonal y los salarios de referencia será septiembre último.
En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina y elde CBU serán hasta el 23 de octubre.
En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes,deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} en términosreales, para el periodo comprendido entre septiembre último y mismo mes de2019.
Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar serápara autónomos desde enero de este año hasta agosto último; y paramonotributistas, desde febrero hasta septiembre.
Resta por definir, lo cual seguramente se conocerá en lospróximos días cuando se establezcan los nuevos requisitos del Repro para todoslos beneficiarios, cuál será el tope de aumento como máximo de facturación entérminos nominales, que para los salarios devengados en setiembre fue del70,4{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647}.
El Repro II otorga una asistencia de $ 22.000 para lastrabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo montoque para los de salud y los independientes, en tanto que el subsidio a lossectores no críticos afectados es de $ 9.000.
Por su parte, el programa de Asistencia al TrabajoIndependiente abarca los sectores de gastronomía, turismo, transporte,industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio derubros no esenciales, servicios personales (peluquerías, centros de belleza) yde ramas esenciales cuya facturación haya sido afectada.
De acuerdo con el Comité de Evaluación y Monitoreo del ReproII, en su acta número 11, la recuperación del empleo en julio y agosto últimosse dio como consecuencia de la reactivación de la economía y el levantamientode las restricciones en el marco de la pandemia.
“Las diversas fuentes de información disponibles sobreel mercado de trabajo dan cuenta de una recuperación de los niveles de empleoen distintas magnitudes en función de la categoría ocupacional, la rama deactividad y la cobertura geográfica”, afirmó el Comité.
Indicó que “en agosto de 2021, el empleo registrado enlas empresas del sector privado de los aglomerados relevados por la Encuesta deIndicadores Laborales (EIL) muestra un incremento de 0,2{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} en términosmensuales”, y aseguró que “esta variación del empleo asalariadoprivado se relaciona con la reactivación de la actividad económica en algunasramas en particular y con el relajamiento de las medidas de restricción a lacirculación, adoptadas en función de la marcada reducción de contagios deCovid-19”.
“En julio de 2021, de acuerdo con la información quesurge de los registros del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) elnúmero de trabajadoras y trabajadores con empleo asalariado registrado delsector privado creció 0,1{10b083c464b21a2e5b96ab7d1950c6efda5949816d8d4b699d6508628a11a647} (variación sin estacionalidad)”, precisó elComité, y remarcó que “esta información implica que se incorporaron 4.700personas al empleo asalariado registrado en las empresas privadas”.
Además, puntualizó que “pese a que la variación delempleo asalariado registrado privado durante julio tuvo un comportamientoheterogéneo a nivel sectorial, 11 de las 14 ramas de actividad mostraron uncrecimiento del empleo (en la serie desestacionalizada) entre diciembre de 2020y julio de 2021”.
“Analizando la información proveniente del registroadministrativo del SIPA con el último dato correspondiente a julio, se advierteque en 10 de las 24 provincias (Tierra del Fuego, Misiones, Formosa, San Luis,Chaco, Entre Ríos, Corrientes, SantaFe, San Juan y La Pampa) se recuperó el total del empleo asalariado registradoperdido desde el inicio de la pandemia”, afirmó el Comité.
En consecuencia, concluyó que “el comportamientoobservado en los últimos dos meses, junto con las expectativas positivas de lasempresas para los próximos tres meses en cuanto a la contratación de personal,permiten vislumbrar que, en la medida que la situación sanitaria permitacontinuar normalizando la actividad productiva, se retome la recuperación ycrecimiento del trabajo formal”.
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